No aguanto a mi vecino!!

   Recientemente un amigo me preguntaba; «Antonio, el caso es que tengo a un vecino que solo busca follón. Su propiedad es colindante a la mía -tenían una casita de campo cada uno-. El caso es que tiene un pino y un manzano plantados al lado de la valla que separa las dos propiedades. Ambos árboles invaden mi propiedad. El pino la llena de basura. El manzado, con su fruta, ensucia el suelo al caer las manzanas. ¿Qué puedo hacer? ¿De quién son las manzanas?»

   Las relaciones humanas son complejas. Su complejidad empazó con las relaciones de vecindad. El tema que nos ocupa es real y… ¡está regulado!

   Sí, tanto en nuestro Código civil español. como en el Código civil catalán, o en la legislación foral aragonesa se regula. Todos ellos toman principios que vienen del Derecho romano. La solución es similar pero tiene matices. La última norma fue la catalana, frente a los 120 años que tiene el Código civil español. Eso hace que, además de la problemática de la invasión, tome en consideración otras cuestiones como la merma de seguridad que supone la proximidad de un arbol a la valla divisioria que, no lo olvidemos, además de delimitar, supone un elemento de seguridad de la propiedad.

   Así, en el ámbito del Código civil, prácticamente, en este caso, aplicable a toda España: 1) No se pueden plantar árboles a menos de un metro de la valla divisoria; ni arbustos a menos de cincuenta centímetros; 2) Se puede exigir que se corten las ramas que invadan nuestra propiedad; 3) Se pueden arrancar, sin permiso, las raices que invadan nuestra propiedad.

   En el ámbito de Aragón, la situación es parecida. 1) Las distancias ascienden a 2 metros respecto de los árboles; 2) Se regula a quén corresponden los frutos y se atribuyen por mitad los que invadan la propiedad vecina; 3) Se recoge la misma solución respecto de la poda pero incluso nos permite cortarlos nosotros mismos si no somos atendidos; 4) Igualmente se permite cortar las raices. Sin embargo, se pide, en general «justa causa» y la causa es justa si se dan los perjuícios que comentaba nuestro amigo. Además, en general, se tiende a conciliar, buscando la solicitud y el acuerdo y se tiene en cuenta la costumbre del lugar.

   En el ámbito de Cataluña: 1) Se piensa, especialmente, en la función de protección de la valla contigua al árbol, se trata de evitar que el árbol perjudique el elemento de seguridad o que facilite el acceso a nuestra finca; 2) Los frutos que nos pertenecen son lo que caen, no los que penden de la rama que entra en nuestra propiedad; 3) Se pueden cortar en todo caso, tanto las ramas como las raices, pero sin perjudicar al árbol. Además, la leña es para el vecino que padecía las ramas.

   En general, en todos los supuestos se tiene en cuenta lo que regulan las ordenanzas del lugar.

   Así las cosas, si no por educación y sentido común, debemos tener en cuenta al vecino cuando vamos a plantar cerca de la valla divisoria. Lo que para unos es sombra para otro es basura ¿qué os parece?

Antonio Ripoll Soler

Notario

www.notariaripoll.com

5 Comentarios »

    • Pues sí, es una pena. Yo , no obstante, siempre pregunto: «ha hablado usted con el?». A veces vale más transigir un poco que empeorar la situación por mucha razón que se tenga. Si no llega La Paz… Ahí están las normas.
      Gracias por por participar!

  1. Efectivamente, este es un tema complicado porque al final tu eres el vecino quisquilloso que no deja en paz al otro. Personalmente he tenido algún que otro conflicto al respecto de pinos, cipreses, jardineras,,,,pero yo me he acogido a la Ordenanza que tiene el municipio sobre la plantación de árboles, arbustos y demás. Pero si a eso le añades que los vecinos sean extranjeros y que pretenden decirte que no entienden ni comprenden el problema se agrava. Al final te llevas algún interprete que se lo transmite, pero así y todo las cosas te puedo asegurar que yo tuve una humedad durante 3 años hasta que conseguí que el vecino apartase la jardinera de mi pared, y claro, los daños ni me he molestado en reclamárselos porque válgame Dios ahí la prueba es muy importante y entre peritos y demás te aseguro que me ha salido mas económico picar la pared una vez solucionado el problema. Un saludo.

    • Muy ilustrativo tu ejemplo, Vicenta. Yo, personalmente, prefiero empezar este tipo de temas de forma amistosa. No se trata sólo de razones; pensemos que luego tenemos que seguir conviviendo y siempre nos puede hacer falta tener de cara a ese vecino. Ello no quita que me parezca necesario estar bien informado sino antes de la primera conversación, que es lo ideal, antes de la segunda. Pues estos temas no siempre funcionan por el sentido común.

      Saludos, gracias por participar y buen fin de semana!

  2. Mi vecino tiene varios cipreses plantados junto a la pared que divide las fincas, sobresale como 2metros por encima, ademas de que todas la ramas se inclinan hacia la mia. Le he pedido en varias ocasiones que lo pode pero no hay manera, le voy a enviar un burofax. Pero me gustaria saber cuanto puede sobresalir de altura por encima de la pared y que articulo puedo citar. No hay ordenanzas municipales que recojan tales terminos, y tengo claro de que tendrian que estar plantados a 2 metros de la pared, tambien hay que decir que no me gustaria llegar a que ten gan que arrancarlos. Muchas Gracias

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s