Los desahucios hacen aguas: el día después de Europa.
Esta semana hemos hablado de lo divino y de lo humano. Si ayer conocíamos el nombre del nuevo Papa Francisco; hoy se ha dictado la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que incidirá irreversíblemente en nuestro sistema de ejecución hipotecaria.
Los titulares de los periódicos y las opiniones de los afectados han sido de todo tipo. Al final todos miraban hacia la respuesta al interrogante de si se paralizan o no los desahucios hipotecarios. Sin duda la respuesta es difícil de encontrar.
Antes de dar una opinión, con independencia de cuál sea. La realidad es que el problema de España no es si los desahucios proceden o no. Lo que es lamentable es la pésima situación económica que ha generado la crisis de nuestro sistema hipotecario. Así, la sentencia, probablemente alivie el drama de muchas familias, lo cual es muy importante. Sin embargo, no soluciona, por desgracia, las causas de los impagos. En ese tema seguimos donde estábamos –y lo que te rondaré morena, como diría el castizo-.
La sentencia pone de relieve tres cuestiones fundamentales: 1) El deudor queda desprotegido durante la ejecución de la hipoteca; 2) Incluso cuando podría tener razón a lo sumo conseguirá una indemnización que no sería comparable al sacrificio y perjuicios producidos con la pérdida de la vivienda; y, 3) Determinadas cláusulas tienen carácter abusivo (basicamente las relativas a los intereses de demora, determinación de la deuda anticipada y, especialmente, el vencimiento anticipado).
Tras la sentencia, el juez español debe controlar todo lo anterior. Eso está muy bien. Sin embargo abre un abanico de problemas prácticos en tanto en cuanto no se reforme el marco legal.
Desde la perspectiva de los prestamos existentes en fase de ejecución: 1) No existe cauce procedimental ni homogeneidad, lo cual dilatará las ejecuciones, habrá a quien le ven bien y a quien no tanto; y, 2) Incidirá en un incremento del colapso judicial que padecemos.
Tomando en consideración los nuevos préstamos la incertidumbre normativa dará lugar a un problema financiero, pues es probable: 1) Que los Bancos no estén dispuestos a financiar; y, 2) Se incremente el coste del crédito.
Indudablemente, la sentencia da mucho margen, es probable que se replanteen muchas negociaciones y ejecuciones; cuando así no se haga los tramites judiciales se dilatarán.
La sentencia, aunque no se diga, será también aplicable a las ventas extrajudiciales ante Notario, las cuales quedan más aún, si cabe, en entredicho, pues es más complicado cohonestar la actuación del notario con el nuevo sesgo jurisprudencial.
En cualquier caso se avecinan profundos cambios. Bienvenido el alivio a los desahuciados. Será interesante ver como lidia nuestro Gobierno con este problema.
Antonio Ripoll Soler
Notario de Alicante
Interesante reflexión . Siempre me ha quedado la duda de a partir de que momento se puede decidir que hay que desahuciar. En un caso extremo, si me faltase una cuota por pagar y no pagase podrían embargare toda la casa a pesar de haber satisfecho el 99% de la deuda con sus intereses?
Hola, Reme, gracias por participar.
Depende siempre del Banco, cuando no se paga es es el que tiene la sartén por el mango. Tu caso extremo es el que criticaba la sentencia.
Saludos