¿Quien cobra manda?
Un tema recurrente en la notaría es el de cuándo se paga la cuota hipotecaria. Si en la época de no crisis eran muchos los que decían que les venía mejor pagar tal o cual día; en la actualidad, con ocasión de las refinanciaciones que se van contratando para aliviar la dramática situación de los hogares españoles el tema preocupa más aún, si cabe.
El caso es que, desde el privilegio que otorga ser testigo de excepción de las interioridades de nuestras familias, veo que, más en esta época, los españoles vivimos al día. Unos lo han hecho siempre por falta de previsión, por pensar que el flujo económico nunca varía o nunca aprieta; otros, en cambio, los más ahora, los pocos que todavía pueden subsistir a los rigores de la crisis, por pura necesidad.
Todos sabemos, las familias hacen encajes de bolillos y cruzan la llegada de la nómina, pensión, subsidio… con la tarjeta de crédito y van trampeando de forma que mes tras mes, con una sonrisa, si es posible, parezca que nada a cambiado y que se han tachado treinta días a la penuria económica.
Cuando las cosas iban bien, aunque para no todos, apartar el dinero de la cuota hipotecaria para cuando llegase el recibo no era tan difícil. Ahora, cuesta bastante más. Por experiencia veo como la mayoría de personas quieren que el recibo no se les pase hasta que les llegue la nueva nómina y, además, prefieren que no se demore mucho de ese momento porque sino se lo gastan con la alegría que genera el alivio económico de principios de mes y verse los bolsillos menos vacíos.
Sucede, además, que a la crisis del que cobra se suma la del que paga. Muchas empresas pagan con retraso, y qué decir de nuestra querida Administración -puntual en el cobro y penosa en el pago-. Con lo que el retraso en nuestros cobros genera atrasos en nuestro pagos.
En las refinanciaciones, normalmente se mantiene la fecha de pago, habitualmente, es muy socorrido acudir al sistema informático para imputar la culpa de no acceder a los deseos del deudor que le vendría, de buena fe, mejor tal o cual fecha. No olvidemos que los retrasos generan fuertes recargos, tanto en intereses de demora como, especialmente, con el devengo de la comisión de reclamación de posiciones deudoras.
Hay entidades que totalizan todo a final de mes y establecen el último día como fecha de pago; otras el primer día, no faltan los que hacen coincidir el pago con la fecha de la firma… en la práctica son pocos los que han preguntado antes de la firma qué día tendrán que pagar.
En este contexto, sorprende como un colegio de Alicante, concertado, manda a los padres con sus hijos el día 30 de enero la siguiente nota fechada un día antes:
«Estimados señores:
Como consecuencia de la creación de la Zona Unica de Pago en Euros (SEPA) es obligatorio, de acuerdo con la normativa europea, la conversión de las cuentas bancarias CCC al nuevo identificador IBAN. El Reglamento UE 260/2012 establece el 1 de febrero de 2014 como fecha final de la migración de datos para adapatrse al mercado único de pago en euros.
Debido a que no hemos podido conseguir todos los códigos IBAN que necesitábamos. nos vemos obligados a adelantar la facturación de febrero unos días, llegándoles a ustedes el cargo a sus entidades bancarias el 31 de enero de 2014.
Lamentamos las molestias que les podamos ocasionar, atentamente,
Administración»
Con el comentario inicial y a la vista de la nota no he podido resistirme a expresar mi opinión al respecto.
Me parece que el Colegio tiene una curiosa idea de la justicia distributiva, lo que no deja de sorprender y es un mal modelo educativo; parece que los hábitos de la Administración tienen un curioso efecto mimético para aquellos que tienen la sartén por el mango. La realidad es que habrá padres que hayan facilitado a tiempo el código IBAN de marras, consiguientemente, ¿por qué han de pechar ellos con el retraso de los incumplidores?.
Por otro lado, a mayor abundamiento, en las circunstancias actuales, a las cuales no es ajeno el Centro que ve como todos los meses peregrinan padres para atender recibos devueltos o para excusarse de los impagos, me parece una gran irresponsabilidad poner en práctica la medida que implicará, bien devoluciones de recibos, bien desatender otros pagos y, en cualquier caso, quebranto económico a las familias. Lo cual, no se excusa ni justifica con la disculpa genérica que se vierte al final del comunicado; especialmente cuando sólo se da un día de margen y la fecha clave es el último día del mes.
En fin, cada cual sabrá lo que hace. ¿Os queda dinero en la cuenta el último día del mes para atender imprevistos?