Infanta Cristina… ¿Renunció o le privaron del título?
El Boletín Oficial del Estado del pasado 12 de junio publica el Decreto de revocación por el que se priva a la Infanta Doña Cristina de la facultad de usar del título de Duquesa de Palma. La facultad de privar de los títulos nobiliarios corresponde exclusivamente al Rey, según Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre. Sin perjuicio de ello, el interesado puede renunciar a los honores concedidos.
A partir de que la noticia llega al Boletín Oficial del Estado y, consiguientemente, produce sus plenos efectos, al tratarse de una norma jurídica que, debe ser publicada; se suceden las reacciones en los medios.
En un primer momento, los rotativos y demás medios de comunicación, se hacen eco de la noticia. Así, por ejemplo, en ABC. Sin embargo, durante el fin de semana se generan dos noticias. Una, la reacción de Don Juan Carlos a la decisión de su hijo, el Rey Don Felipe de Borbón. La otra, que es la que motiva este post, es que, la existencia de una carta de la Infanta en la que ésta renuncia a los honores.
La cuestión sería intranscendente si no hubiera surgido disputa sobre la fecha de la carta. Doña Cristina, ¿renunció antes de saber la revocación o después de ésta?
La Infanta Cristina, como cualquier persona, supongo que preferirá quedar, como suele suceder en estos casos, como que se fue antes de que prescindieran de ella. Más allá del prurito personal, entiendo, no tiene más transcendencia. Por eso, asevera que la renuncia fue anterior a conocer la revocación. La Casa del Rey, en cambio, muestra su extrañeza y declara haber conocido la carta de la Infanta con posterioridad al Decreto de revocación. Sorprende que si la Infanta tenía intención de renunciar haya esperado tanto para redactar la carta, aunque la realidad siempre supera la ficción.
La noticia, sin embargo, tiene, como siempre suele suceder, su trasfondo jurídico. Llama la atención como pese a la transcendencia de los hechos que producen la noticia, no solo para la interesada, sino también para la Historia de España el devenir de los acontecimientos sea más propio de una riña de vecinos mal asesorados que de una persona formada y responsable debidamente respaldada jurídicamente por un profesional.
Las dudas sobre el iter cronológico se hubieran podido evitar fácilmente, salvo que la carta de la Infanta se tratase de un mero farol, si fue antes, o salvo que la carta de la Infanta, fuese posterior para limpiar su imagen.
Si yo hubiera asesorado a Doña Cristina le habría dicho que la renuncia debería hacerse notarialmente, a fin de dar fehaciencia a la fecha. En función del alcance de la renuncia se podría haber hecho un acta de manifestaciones o una escritura de renuncia. La renuncia realizada ante Notario tiene una fecha indubitada, es secreta y cuando la noticia se hubiese producido hubiera sido fácilmente demostrable qué tuvo lugar primero. Lo demás, parece una huida hacia delante carente de la debida fundamentación jurídica.
Si a este nivel se producen estas rocambolescas historias… ¿se le puede exigir al ciudadano medio mayor diligencia? Si es que las cosas pasan porque tienen que pasar… La Historia será quien juzgue este episodio.
Esta muy claro que clase de dirigentes y personajes tenemos purulando por este país, que ni eso saben hacer….. renunciar
Yo me planteo:
Si la renuncia se hubiera hecho ante notario, por ejem. mediante acta de manifestación, el acta quedaría en el protocolo del notario y una copia en poder de la Infanta. ¿Deja de ser Duquesa en virtud de una manifestación que sólo conoce el Notario y la Infanta?
En resumen: ¿es suficiente la manifestación de renuncia para que produzca efectos? o ¿será preciso que llegue a conocimiento de quien otorgó el título?
Saludos