Maternidad subrogada: ¡Mi cuerpo legisla! Girauta dixit
Hace unos días, el grupo parlamentario Ciudadanos, registraba una Proposición de Ley destinada a regular la maternidad subrogada. La maternidad subrogada, gestación por sustitución o, popularmente conocida como «vientres de alquiler» es la que se produce como consecuencia de la implantación de un embrión en el útero de una mujer con la particularidad de que genéticamente dicho embrión no le pertenece y ella sólo presta su cuerpo para la gestación.
En España no está permitida, aunque se admite en otros países. Así, el artículo 10 de la Ley 14/2006, sobre técnicas de reproducción asistida humana, establece:
«Artículo 10. Gestación por sustitución.
1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.»
Jurídicamente, los problemas que se plantean son muchos. Los cuales tienen un notable trasfondo ético. ¿Cuáles son los límites de la Medicina para satisfacer los deseos humanos? ¿Vale todo? ¿Jugamos a ser Dioses? ¿Es necesaria?
Desde el punto de vista del Derecho, de quién es el bebé ¿de los padres genéticos? ¿de la madre gestante? En España, a la vista de la regulación citada, la filiación se determina por el parto; esto es, se prescinde de la procedencia del material genético.
Sin embargo, son muchas las personas que con buena o mala fe, circunvalando los límites del Derecho, pretenden la inscripción de la filiación, a favor de los padres genéticos, que han contratado la maternidad subrogada fuera de España, con una madre gestante de un país en el que dicha técnica se permite. En la práctica, no se permite la inscripción de dichas filiaciones, en los términos pretendidos. De hecho, existe una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado prohibiendo que los notarios legitimemos las firmas de esos contratos. Los problemas que se plantean en sede de Derecho Internacional Privado son muchos y de hondo calado; sobre este tema se ha hecho eco en varias ocasiones www.millenniumdipr.com como por ejemplo aquí, sobre la no inscripción, o aquí, sobre el reconocimiento de prestaciones.
No soy mujer, ni madre. Sin embargo, en principio, me parece muy raro que ninguna mujer de más de 25 años, ya madre, como subraya el texto presenta, quiera, de forma altruista, como dice la Proposición de Ley, someterse a un embarazo para entregar al bebé, con independencia de quién procede al material genético, a otra persona. A lo mejor, una hermana, en un caso excepcional, ante la imposibilidad de tener hijos… por poner algún ejemplo, pero, la verdad, en la época en que vivimos no suelen darse esas formas de generosidad, no sólo física, también psicológica, pues no debe ser muy agradable entregar a un bebé, con independencia de la procedencia del material genético. ¿Has vivido un embarazo? ¿Las secuelas en tu cuerpo? ¿El malestar durante el mismo? ¿Los problemas laborales que, por desgracia, en la práctica, se generan?… ¿Altruismo?
La Proposición de Ciudadanos, deberá ir acompañada, por coherencia, lo que no se ha dicho, de una Ley de Parejas de Hecho a nivel estatal -cosa que, actualmente, admitido el matrimonio entre personas del mismo sexo, tampoco acabo de ver necesaria, tampoco, por supuesto, a nivel autonómico-.
En este contexto, sorprende como el Sr. Diputado Girauta, del grupo proponente (Ciudadanos) se enzarce en Twitter, tras explicar en los medios el Sr. Riera, las bondades de la propuesta, en una discusión sobre la gestación por sustitución, como se denuncia hoy en El País, da un argumento tan irrebatible como que «su cuerpo legisla» y eso, al parecer le permite decir cualquier cosa.
A mi, personalmente, tal tipo de argumentación me entristece. Creo que es algo que empaña la labor de su Grupo parlamentario, que, acertada o equivocadamente, presenta una Proposición de Ley, me reservo la pregunta que se me ha ocurrido en relación a esa afirmación. Un Diputado, -ni su cuerpo, ni tampoco su alma- no legisla, no, no hace leyes con efecto vinculante. Legisla el Parlamento, que es el que expresa y encarna la voluntad popular. Que el Parlamento es una suma de voluntades, que transcienden de la voluntad individual es algo que se le enseña hasta a los niños, como por ejemplo, cuando se habla en «Buzz Ligthgear. Comando Estelar: La aventura comienza», de la «Unimente» que es «una esfera que funciona como nexo comunicativo con la que los Hombrecitos Verdes pueden establecer una relación mentalmente y entre sí», por eso ellos dicen «somos uno»; película que, desde aquí, animo vivamente, a su visualización para todos aquellos que piensen que legisla el cuerpo, por algo hay que empezar ¿no?.
Así las cosas, lector… si eres mujer:
- ¿Cederías altruistamente un bebé?
- ¿Crees que alguien lo cedería altruistamente?
- ¿Te reporta alguna satisfacción personal someterte a un segundo embarazo para ceder al bebé que has llevado en tu vientre durante nueve meses?
- ¿Te parece que se ha planteado al debate en términos adecuados?
Si tú, lector, no eres mujer y eres, simplemente, persona:
- ¿Piensas que está el debate planteado en términos adecuados?
- ¿Te gustaría que las leyes se tramitaran buscando el consenso?
- ¿Te parece que es necesaria la gestación por sustitución?
- ¿Hasta que punto deben los políticos entrar a debatir en #RRSS?
Y es que… los avances médicos son maravillosos, pero usarlos con cabeza es la grandeza y responsabilidad del ser humano.
Fantástico artículo, Antonio. Y, además, el momento acompaña.
En humilde opinión, no existe «…ausencia de ánimo de lucro y la más intensa solidaridad entre personas libres e iguales…» (cita literal), o no cuanto menos un grado de solidaridad tal que motive a una mujer de 25 años dar su hijo a unas desconocidos a cambio de una «compensación económica resarcitoria». Pero es que me atrevería decir más: la antes aludida expresión («compensación económica resarcitoria») podría ser una «fisura legal» hecha adrede para dar cobertura a un lucro encubierto. En la medida en que la (hipotética y futura) ley remita íntegramente la configuración de este extremo a lo que las partes convengan en el contrato. Todo lo cual, irónicamente, sería contrario a la letra y el espíritu de la ley que interesa aprobar.
En relación con la «solidaridad», es interesante traer a colación a las donaciones de óvulos, que, consabido es, las mujeres convienen donar en tanto en cuanto exista un incentivo económico detrás. Con mayor razón, es razonable pensar que una mujer no se quedará embarazada si esa «compensación económica resarcitoria» no es acorde con las molestias (de suyo parejas al embarazo) que aquélla tendrá que asumir.
A este respecto, me viene en mente el caso de un amigo, el cual, junto con su esposa, recurrieron a la gestación subrogada en un país de Norteamérica. «Es altruista», fue la lacónica descripción hecha por el amigo al referirse a su caso. La realidad: la familia de la esposa es adinerada y a la sazón desembolsó, rápido se dice, entre 30.000-40.000 euros. Buena voluntad (de la mujer gestante), sí, mas altruismo, esto, es ya más cuestionable. Se podría argüir que el embarazo tiene un coste de oportunidad laboral, pero, sin embargo, ello suele ser así al inicio de la recta final del embarazo; y en todo caso, si existe una legislación protectora en tal sentido, dicho coste sería relativo. Por otra parte, hay costes médicos, sí, mas cabría preguntarse si estos últimos son de un montante tal al punto de justificar las cifras estratosféricas que se están llegando a pagar.
En tales condiciones, ¿las cantidades que se llegan a pagar se corresponden con el coste real y efectivo que tiene un embarazo? y si no es así ¿qué podría ser sino un «lucro encubierto», bien para preservar ese incentivo económico y por tanto la existencia misma de esta modalidad de reproducción, o bien el negocio que hay detrás?
En suma, muchas preguntas e interrogantes. Esto es lo que suscita esta proposición de ley en los términos en los que, en su estadio actual, está planteada.
PS: Haciéndome cargo de que es una hipótesis personal, entiendo que la exigencia de que «ya sea madre» no tiene más propósito que conjurar un posible conflicto de orden moral/psicológico. Puesto que no sería lo mismo una madre primeriza, con lo que de suyo implica, que una madre que ya tiene su descendencia. De hecho, valga la anécdota, muchas madres que se prestan a gestar no solo ya tienen experiencia en ello, sino que también tienen su matrimonio y sus propios hijos reconocidos a los ojos del Derecho.
Fe de errata, en el primer párrafo, donde digo » o no cuanto menos un grado de solidaridad tal que motive a una mujer de 25 años dar su hijo a unas desconocidos a cambio de una “compensación económica resarcitoria”, quise decir «…o no cuanto menos un grado de solidaridad tal que motive a una mujer de 25 años dar su hijo a unas desconocidos SIN NINGUNA “compensación económica resarcitoria»…».
La «más intensa solidaridad» de la que habla la exposición de motivos es una careta, y no creo que por ingenuidad. «La compensación económica resarcitoria», tal y como se regula, no es una restitución de gastos, sino una cantidad negociada y pactada «ex ante» en el contrato (en función de en cuanto se valoren las «molestias físicas» y el «lucro cesante»), es decir, un precio. Por lo tanto es un contrato oneroso, recíproco y sinalagmático, cuyo objeto es una prestación corporal a cambio de dinero. La solidaridad, el altruismo y la ausencia de ánimo de lucro queda para la exposición de motivos y las ruedas de prensa. Curiosamente, la ley prohíbe que la gestante sea pariente por consanguinidad de los progenitores, que es el caso en que más podría pensarse en un acto de generosidad.
Buen apunte! Muchas gracias por tu aportación.
Feliz día!
Reblogueó esto en IUSLEXBLOG. .
Sé que publicando sobre este tema me expongo a ataques furibundos (el propio artículo, en lugar de presentar el tema de manera objetiva, se posiciona claramente), pero creo que es necesario hablar de algunas cuestiones importantes que se manipulan para presentar la gestación subrogada como un acto delictivo:
1. La gestación subrogada es legal en algunos países, y ahí acudimos quienes no tenemos ya otra opción para ser padres. No estamos haciendo nada ilegal, de la misma forma que quienes acuden a España, por ejemplo, para poder celebrar una boda entre personas del mismo sexo si en su país no está permitido, no están haciendo nada ilegal.
2. Debido a que la gestación subrogada está permitida en varios países, las personas que nos planteamos esta opción podemos elegir el país en que consideramos que la madre gestante está más protegida, que cuenta con más garantías… En mi caso, así lo hice, y siempre pedí a la agencia que nos ayudó en todo el proceso que tuviese esto como prioridad.
3. Es cierto que hay países en los que hay muchas dudas de que los derechos de las madres gestantes se respeten, pero hay muchos otros en los que están totalmente asegurados. De la misma forma, hay muchos países en los que la adopción cuenta con todas las garantías legales, mientras en que otros… es muy dudable. Y esto lo digo por propia experiencia, pues he estado 8 años esperando adopción en China (elegimos China por la seguridad jurídica que nos ofrecía), mientras que, por ejemplo, de la antigua URSS siempre hemos oído hablar de burócratas corruptos que, a cambio de dinero, se saltaban las leyes.
4. No compramos un bebé: establecemos con una mujer un acuerdo en el que, evidentemente, hay una parte económica, pero, por encima de todo, queda una gratitud eterna por nuestra parte por habernos permitido ser padres.
Por último, querría pedir a todas las personas que nos atacan, que intenten ponerse en nuestro lugar: imaginaos que lleváis 10 años intentando ser padres (primero por vuestros propios medios; luego por técnicas de fertilización con bombas de hormonas durante dos años; luego esperando varios años una adopción que nunca llega…). Y de repente os cuentan que hay una forma LEGAL (en los países donde es legal) de ser padres. ¿No lo intentaríais? Lo más probable es que los que tenéis ya hijos o los que no queráis tenerlos digáis que vuestros principios están por encima de vuestros deseos, pero si estáis en el caso de desearlos y no tenerlos, o si podéis hacer el esfuerzo de imaginar lo que es llevar 10 años buscándolos y no pudiendo tenerlos, ¿de verdad diríais que no a algo legal?
Estimado amigo:
En primer lugar, te agradezco sumamente tu comentario, me parece muy enriquecedor a los fines de este blog. «Ataques furibundos» más allá de una opinión divergente y argumentada, como la tuya, no son permitidos en este blog, el cual dirijo y modero.
Preliminarmente, antes de entrar en las cuestiones que apuntas, me gustaría hacer una llamada de atención sobre el hecho de que el autor del post, yo mismo, no toma una «posición claramente en contra» y sí presenta el tema de forma objetiva. Objetivamente, porque en España, con o sin acierto, la gestación por sustitución no está permitida, en los términos que queda indicado en el post. En cuanto a mi opinión, la tengo, en este caso preferí obviarla. Puede que las preguntas que hago, al final, tal vez, por algún motivo, te lleven a pensar esa toma de posición, aunque creo que no es el caso.
Por otro lado, si tomase posición, siendo un blog estrictamente personal y no institucional no existe ninguna obligación de presentar hechos de forma objetiva, aunque procuro serlo y apuntar, en su caso, mi opinión. No olvidemos que este blog tiene un marcado carácter subjetivo.
Sí que tome posición, en cambio, respecto de la forma de opinar del Sr. Girauta, en Twitter, la cual desapruebo sumamente.
En cuanto al tema de la gestación por sustitución, como te comentaba, se llama la atención sobre el hecho de que, con la legislación vigente en España, no está permitida. Por ello, muchas parejas de buena fe, mal asesoradas por las agencias, se encuentran tras practicarla, que no consiguen inscribir la filiación del gestado, a su favor, en España. Eso es una realidad, objetiva, la cual pretende ser cambiada con la proposición de Ley.
El hecho de que algo esté permitido en un país no quiere decir ni más ni menos que eso; por ello, el ejemplo que pones respecto de los matrimonios de personas del mismo sexo contraídos en España, no es válido. Esos matrimonios cuando vuelvan a su país de origen se encontrarán con el hecho de que en dicho Estado no es reconocido su matrimonio. De todas esas cuestiones se ocupa el Derecho Internacional Privado, pues la coexistencia de distintos Estados, cuando se producen situaciones transfronterizas o internacionales, hace necesario que se resuelvan los conflictos que se dan entre distintas posibles leyes aplicables, en este caso, la del Estado en el que la gestación tuvo lugar y la legislación española.
Tus deseos y los de otras tantas personas, son perfectamente comprensibles, la mayor tutela o no de los mismos, es algo que debe ir precedido del correspondiente debate social, en el cual tienen cabida todas las opiniones. Al mismo tiempo, debe existir un adecuado estudio y fundamentación jurídica, a fin de evitar problemas.
Como te dije al principio, te agradezco tu participación y te animo a seguir interviniendo en este blog. Enhorabuena por haber hecho tu sueño realidad, lo cual no es incompatible con lo que en el post se relata.
Saludos cordiales,
Antonio
No soy mujer, de modo que respondo al segundo grupo de preguntas:
1. ¿Piensas que está el debate planteado en términos adecuados?
En absoluto. Dado que no soy mujer creo que mi único papel en el debate es pasarle el micrófono a todas y cada una de ellas para que decidan libremente qué hacen o qué dejan de hacer con una parte de su cuerpo. Ni puedo decir a alguien que no lo haga ni puedo alentar a una persona que lo haga. Lo que sí puedo hacer es apoyar la decisión que cada mujer tome.
2. ¿Te gustaría que las leyes se tramitaran buscando el consenso?
Me gustaría que las leyes se tramitaran buscando la felicidad de las personas implicadas y aportando libertades a las mismas en lugar de restringírselas. ¿Qué tiene que decir la ley de mis testículos, por ejemplo? Si yo puedo vender mi semen, ¿por qué una persona no puede usar su estructura corporal para dar vida, sea o no altruista?
3. ¿Te parece que es necesaria la gestación por sustitución?
Personalmente, no. Creo que somos demasiados humanos sobre el planeta y pienso en términos de decrecimiento. Pero el que yo no desee tener hijos no me da derecho a decir lo que hacen los demás. Si una mujer mayor necesita de un vientre que no es el suyo y llega a un acuerdo con la mujer que tendrá a su hijo, ni pincho ni corto.
4. ¿Hasta que punto deben los políticos entrar a debatir en #RRSS?
El debate en Twitter no puede darse, por espacio. Si hablamos de otras redes sociales, ¿por qué no? Pero los políticos tienen que tener muy claro hasta dónde pueden opinar. Me pregunto si, dentro de un par de años me prohibirán ‘ampliarme’ con cibernética porque ‘es poco ético’. Oigan, señores, que es mi cuerpo y haré con él lo que me plazca (o lo que mi cuerpo me deje, que esa es otra). ¿Si una mujer quiere tener el hijo de otra persona, quién narices es el político/a de turno para decir nada?
A veces nos inmiscuimos demasiado en la vida de la gente. Una cosa es expresar mi opinión, y aquí va la mía: yo no haría eso si fuese mujer, tampoco tendría hijos y desde luego ni cobraría por hacerlo ni pagaría porque otra lo hiciese. ¿Puedo hacer algo para evitar que una persona haga lo que quiera con su cuerpo? Sí, sin duda, votando a partidos que persigan este tipo de hechos. ¿Debo? En mi opinión, no. ¿Quién soy yo para decidir nada por otra persona?