¿Divorciado o soltero?
¿Es lo mismo o no lo es? Normalmente, en la mayoría de actuaciones que se realizan en la notaría, se suele preguntar el estado civil. «¿Está usted casado?». Es cierto que a veces las respuestas son de lo más variopintas. Sí, nunca olvidaré una señora en mi primer destino que decía que no sabía si estaba casada y otra, también allí, que me insistía en que estaba casada -como tal vivía- y, sin embargo, en el Registro civil aparecía como divorciada. En el fondo, esta última, no estaba engañando a nadie, supongo que, por conveniencia, se divorció de su marido, aunque no en el afecto y en la convivencia. En fin, cosas que pasan.
Sin embargo, en otras ocasiones las personas hacemos iguales situaciones que no lo son. Así, hemos dicho ya que no es lo mismo estar casado que ser conviviente de una unión de hecho. Tampoco es igual estar soltero que ser divorciado.
En efecto, la persona que nunca ha contraído matrimonio es soltera.
El que se casó y luego se separó judicialmente, es separado, a mi me gusta decir, para que no haya lugar a dudas, que es separado legalmente. Esta persona es distinta de aquella que ha roto la convivencia pero sin formalizarlo, así, aunque se esté separado de hecho, se sigue siendo casado, por lo que cuando fallece el cónyuge del que se separó se pasa a ser separado; en ese momento el vínculo se ha extinguido y se puede contraer matrimonio nuevamente.
La separación de hecho produce ciertos efectos, sin embargo, no es una situación aconsejable, pues como todo hecho debe probarse y, aunque se pruebe, no implica siempre la cesación de los efectos derivados del matrimonio.
El estado de separado, sin embargo, se aproxima a la cesación del vínculo matrimonial, pero, en su día, estaba pensado para situaciones transitorias. «Nos damos un tiempo», parecía querer decir la norma. En cambio, ante el llamado «divorcio express», la simple separación, entiendo, quedará como residual(*).
El divorciado, a diferencia del separado, puede contraer nuevo matrimonio, pero no es soltero. Es divorciado. Así son las cosas. ¿Es lo mismo? En la práctica casi que sí, pero se llama como se llama y no como queramos llamarlo. El divorcio, a diferencia de la separación y, al igual que la muerte, extingue el matrimonio. Sin embargo, el sobreviviente es viudo y, los cónyuges divorciados son divorciados.
Por último, si me he casado… ¿puedo volver a ser soltero? Pues sí, es lo que sucede cuando se declara la nulidad matrimonial. El matrimonio declarado nulo es como si no hubiese existido y lo que nunca existió ningún efecto produjo… con lo que se es ¡soltero!.
La nulidad matrimonial también existe en el ámbito de la Iglesia, con lo que, al que le apetezca, podría volver a casarse por la Iglesia. ¿Cuál es la diferencia, pues? ¿Por qué no todo el mundo pide la nulidad? Pues porque todo cónyuge puede divorciarse, pero no todos los matrimonios pueden ser declarados nulos.
En la Iglesia no se admite el divorcio pero si la nulidad y, al igual que en el ámbito civil, no todos los matrimonios pueden ser declarados nulos, con lo que, por eso, la situación a la que se llega es la de divorciado. El divorciado, sigue siendo casado para la Iglesia. Por desgracia, en ocasiones, la nulidad canónica se utiliza como una especie de divorcio «B», yo no lo entiendo, ¿vosotros?
(*) Tras dos años de haberse aprobado la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que posibilita el divorcio ante notario, he autorizado varias escrituras de divorcio, ninguna de separación. Realmente, la gente, actualmente, no entiende el estado civil de separado. En la práctica, muchas personas juegan con esa situación para evitar cerrar una puerta, contra la voluntad de su antigua pareja, que ya hace vida independiente, y que se debió cerrar, tal vez, en el momento en el que se acordó, con efectos legales, la ruptura de la convivencia.
Actualizado 31.07.2017

Debo estar espesa. No entiendo qué quieres decir con lo lo de utilizar la nulidad canónica como divorcio «B»…
:-)) No estás nada espesa, lo que sucede es que el punto polémico del post estaba ahí.
Yo soy creyente, si bien, me parece que en el tema del matrimonio, la Iglesia, para no perder la vez, ha convertido lo que es la nulidad canónica en un divorcio eclesiástico. ¿No te da la impresión de que todo vale para declarar un matrimonio nulo? ¿Te acuerdas del canon? ¿Era el 1092? Bueno, pues ahí se meten un montón de matrimonio… a mi me parece poco serio y poco coherente, aunque técnicamente seguro que tiene su explicación. ¿Alguien se anima a darla?
De lo contrario, da la impresión de que es, más que nada, política comercial de la Iglesia ¿o no?
Saludos
Aaahhhh!! Vale!!!! Totalmente de acuerdo.
No niego que puedan darse casos de «verdadera» nulidad matrimonial canónica. Pero es triste que, en otros muchos casos, se convierta en ese divorcio «B» del que hablas.
En la prensa rosa hemos visto gente a la que la Iglesia le ha anulado el matrimonio ¡¡’DOS VECES!! Las razones alegadas son siempre las mismas, las contenidas en el canon 1095. (Por cierto, me has hecho desempolvar mi código de derecho canónico). Resulta que la mayoría alega incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio (!!!) Y luego se casan otra vez!!!!
Pues sí, es serio y poco coherente. Y por lo que tengo entendido, cuando los dos cónyuges están de acuerdo en la nulidad matrimonial, también se ponen de acuerdo en las causas que motivan tal nulidad, con lo cual, la «prueba» es más que evidente. Y la sentencia de nulidad matrimonial, más que posible.
Yo creo que la Iglesia está en muchos aspectos desfasada de la sociedad civil, y no ha encontrado la manera de actualizarse sin perder su esencia y sus convicciones. El gran paso, está claro, lo dio Juan XXIII con el Concilio Vaticano II, pero la Iglesia no puede estancarse en el tiempo, abriendo a la vez esas puertas traseras a SU conveniencia.
Yo soy creyente también, pero tampoco entiendo esa postura, ni algunas otras muy concretas.
¿Política comercial de la Iglesia? ¿O política económica?
Yo creo que la pregunta sería más bien: ¿cuánta gente se casa por la Iglesia sabiendo lo que de verdad le exige el matrimonio canónico, a diferencia del civil? Lamentablemente últimamente las Iglesias se han convertido tan solo en un bonito decorado para muchas bodas. Y los novios se casan pensando que sí se pone la cosa dura, pues divorcio y fuera. No me extraña por tanto, que cada vez haya más nulidades.
Interesante reflexión, Noemi. Siendo cierto que en el tema de las nulidades existe un trasfondo económico; personalmente, pienso que prima más el hecho de relajar, como tu dices, POR LA PUERTA DE ATRÁS, los principios de la organización.
En una charla de un jesuita, recientemente, ante el asombro de todos, le dije: «Si las misas fuesen como tú relatas tu fe las Iglesias estarían llenas». A la Iglesia actual le falta una adecuada política de comunicación y de interacción con sus fieles que cada vez se sienten menos representados.
La fe y el respeto no debería ser incompatible con su presentación de forma atractiva.
¿Cómo lo veis?
Saludos y ¡Feliz día!
Soy licenciada en derecho canónico. El can. 1095 habla de la incapacidad para asumir las obligaciones esenciales; a modo de ejemplo: nunca hubo gente tan preparada académicamente y sin embargo, nunca hubo tantos inmaduros. A lo imposible nadie está obligado. Todos conocemos supuestos. El derecho canónico es el ordenamiento mas perfecto que existe, a mi entender. No nos fijemos en la prensa rosa, por favor. A quien quieren que se parezca la doctrina de la Iglesia? A quién hemos de aspirar a asemejarnos? Si el fin primordial del matrimonio es el bien de los cónyuges y no la prole, desde la reforma, hablemos de libertad del consentimiento y de la capacidad volitiva, y miremos a nuestro alrededor.
Hay fallos, pero no del sistema, sino de los aplicadores: el veto, la publicidad, y …más
Estimada Marta, gracias por participar.
Entiendo lo que dices, si bien, el Derecho que vivimos es el que sentimos que se aplica, en la actualidad el 1095 se ha convertido en un cajón de sastre muy socorrido para admitir de facto un divorcio canónico. Al menos eso es lo que percibo, puedo estar equivocado…
Saludos, te animo a seguir participando.
Tengo una pregunta?
Mi esposo esta casado por el civil en mexico. Ya lleva 4 años sin su ex. Y yo ya tengo 2 años con el y vivimos unnorte carolina. Me puedo casar yo con el x el civil? O el nesecita estar divorciado primero?
Estimada Anabel:
Desconozco tu nacionalidad, en cualquier caso, para contraer nuevo matrimonio es necesario divorciarse previamente.
Es conveniente que consultes a un profesional.
Saludos
consulta siendo casado em primera nupcias 1986 y divorciado ya hace 28 años,es posible poder volver a casarme x iglesia nuevamente …
Estimado Roberto:
Bienvenido al blog!
Como del propio post se sigue, los conceptos de divorcio y nulidad matrimonial no son coincidentes. Si el anterior matrimonio fue canónico, esto es «por la Iglesia», es necesario, salvo que se haya instado y declarado la nulidad (el trámite se hace ante los tribunales eclesiásticos), instar tal declaración. No es como un divorcio y, consiguientemente, no siempre se obtiene. A falta de la nulidad canónica, el divorciado podrá casarse civilmente, nuevamente, pero no por la Iglesia.
Saludos
Buenas noches. Quería realizar una consulta breve.
Buscaba información acerca de la nulidad del matrimonio para interiorizarme. La pregunta en concreto es la siguiente:
si una persona contrae matrimonio (solo civil) pero nunca convive con su pareja por cualquier causa que fuera. que sucede con ese matrimonio?
Gracias.
Hola, Agustín, civilmente, en principio, no pasa nada. La cuestión podría resolverse en un sentido distinto si estuviésemos ante un caso de matrimonio canónico. Por tal motivo, no pasa nada respecto del vínculo matrimonial. El matrimonio existe y si no se quiere habrá que divorciarse.
Saludos y gracias por participar.
Que pasa si me caso por el civil y en documentos pongo que estoy soltera?
Hola, Sonia, bienvenida al blog!
Las consecuencias de una manifestación falsa o errónea dependerán del caso concreto y del ámbito de que se trate.
Feliz domingo!
Antonio, ante todo un gusto, mi nombre es Nicolas, mi situación es la siguiente: Yo me case en el mes de julio del año 2009, no recuerdo el dia y lo hice porque ella estaba embarazada, no por afecto… En el mes de enero de 2010, nos separamos y en el mes de julio de 2010, hicimos se pacto cuota alimentaria, tenencia y que le dejaba mi dpto. para que conviva con mi hija, mas separacion conyugal, no divorcio ya que la ley lo impedia por el lapso de tiempo que nos habiamos casado (es decir una separacion legal). Hoy me encuentro con que hace un año le pido que firme el divorcio, no lo quiere hacer, cansado legalmente de buscar formas no me queda otra que ir por una presentacion personal. Mi consulta es Yo me estoy queriendo casar nuevamente, como puedo hacer, que vias puedo optar, yo actualmente estoy en pareja,bien comodo, constituyendo una familia, mi ex por su parte tambien, pero no quiere firmar un documento que nos libere… ud. que aconseja? siendo que tengo una separacion legal, 5 años de separado.
Estimado Nicolás:
Bienvenido al blog!
Existen remedios legales para lo que usted comenta; sería conveniente que contratase los servicios de un letrado.
Lamento no poder darle una explicación más extensa al desconocer las circunstancias del caso concreto, nacionalidad, lugar de residencia…
Feliz día!
Buenas tardes yo estoy divorciada y al comprarme un piso he dicho que soy soltera entonces ahora que pasa hay algun problema?
Hola, Agustina! Bienvenida al blog!
No existe un especial problema, al margen de la imprecisión, sin embargo, de cara a futuros actos con transcendencia registral, la discordancia podría causarle algún inconveniente fácilmente solucionable.
Si todavía no ha inscrito la escritura en el Registro, yo acudiría a la notaría y lo comentaría.
A título de curiosidad ¿por qué dijo usted que estaba soltera?
Feliz día y gracias por participar!!
Hola
Soy divorciado y estoy planeando volver a casarme. Mi pregunta es si al preparar los papeles en el registro civil pasa algo si digo que soy soltero en vez de divorciado.
Hola, Antonio, gracias por participar!
En relación a la consulta, debe decirse la verdad, porque afecta a la tramitación del expediente matrimonial. Aportar datos erróneos puede ralentizarlo.
Saludos y suerte con el enlace!
Soy Cristina Ruiz
Buenos días.
Mi pregunta es la siguiente: Fui Novia de un Colombiano que vivía en Canadá, por espacio de 2 años , manteníamos contacto permanente por los medios electrónicos, teléfonos celulares, Facebook, entre otros, hasta que decidimos casarnos, efectivamente el bino de Canadá , nos casamos y al tercer día le toco viajar; el me enviaba todo el dinero posible para mi manutención; realice todos los documentos necesarios para establecer nuestro domicilio en ese país, pero me negaron la visa, Ahora el quiere el divorcio alegando que yo no quise viajar; me siento burlada, engañada e ilusionada por el: Puedo cobrar una indemnización por el daño causado a mi persona y a mis ilusiones como esposa
Hola, Cristina! Bienvenida al blog!
En principio no parece que puedas solicitar ese tipo de indemnización, realmente no ha habido convivencia, faltan datos en tu caso. El divorcio en España no está penalizado. Si bien, en tu caso, deberías contactar con un especialista en Derecho Internacional Privado, a la vista de las circunstancias internacionales que concurren.
Saludos
Buenas Noches.
Mi pregunta es.. mi esposo hace años se caso por lo civil y al poco tiempo se divorcio judicialmente. Ahora nos queremos casar por la iglesia, hay algún problema?
Buenos días, Luisa, bienvenida al blog! No, no hay ningún problema, es perfectamente posible.
Feliz día!
Totalmente de acuerdo en lo del Divorcio B. De un tiempo a esta parte la anulación ha perdido su verdadera identidad y la Iglesia se aprovecha y vende la anulación como un divorcio eclesiástico libre de pecado…
Le dejo mi caso: Vivo en USA, estoy haciendo una peticion definitiva para mi hija que vive en Cuba. Es divorciada y ahora inmigracion USA me pide le envie una Certificacion de Solteria de mi hija. En Cuba le dicen a ella que no se la pueden dar porque es divorciada. Y USA le pide dicha certificacion…. solucion ????, Gracias
Yo me case hace 19 años y ahora por problemas decidimos divorciarnos pero constatando los documentos con que nis casamos se encontro que el registró civil de mi esposa era falso si esto se demuestra se puede solicitar en lugar del divorcio la nuludad del matrimonio ?
esto esta bien raro me case pero al pasar 2 años me di cuenta que mi esposa no termino de hacer el tramite del divorcio de su primer matrimonio y me dicen que como ella entrego una acta desactualizada el juzgado no verifico que ella seguia casada entonces mi matrimonio es nulo que debo hacer????
Estimado Victor:
Bienvenido al blog y gracias por participar!
Sería interesante saber de donde proceden ustedes y en qué país celebraron su matrimonio.
Sin embargo, lo más prudente parece que consulte a un abogado a la vista de la documentación que usted debe de tener.
Saludos
Si hace años me divorcié (en Cataluña) y hace poco con mi nueva pareja hemos formalizado nuestra unión ante notario como pareja de hecho (también en Cataluña), ¿Qué estado civil tengo? ¿Y él qué estado civil tiene?
Muchas gracias!
Saludos,
Estimada Ana, gracias por participar y bienvenida al blog.
Tú tienes estado civil divorciada y él, depende, soltero, viudo o divorciado según lo que fuera antes de la pareja de hecho. La pareja de hecho se asimila en muchos de sus efectos, en función de la legislación aplicable, al matrimonio pero no genera estado civil.
Saludos
como se puede comprovar si una persona es soltere realmente si es soltero si en si DNI aparese como tal
Estimado yunior, gracias por participar.
Depende de la finalidad de la comprobación. Los hechos negativos son muy difíciles de probar, si bien, en principio, debe acudirse al Registro civil.
Saludos
El artículo me ha despertado una curiosidad: ¿cuales son los requisitos para una nulidad civil, si es que eso existe?