¿Decide el Banco quién compra mi casa?

   En los últimos días un amigo me ha pedido asesoramiento sobre la compra de su casa. Está contento. Ha encontrado una buena oportunidad. El tiene trabajo, convive con otra persona, su mujer -como socialmente se reputa a ese tipo de relación-, pero no está casado. Además tiene la suerte de haber encontrado financiación. Como Diego y María no están casados, quieren comprar la casa por mitad. El importe que les falta del precio quieren financiarlo y ser responsables los dos de pagar el préstamo. María actualmente no trabaja, pero tiene recursos, al final, la casa la habrán comprado y pagado entre los dos. La historia, al margen de la penosa coyuntura económica, debe sonar a muchos, forma parte de la lógica de la vida de una pareja joven.

   Así las cosas, cuando Diego acude al banco se encuentra con que le sugieren que compre él solo la casa, pues al no trabajar María, conseguir la financiación será más lento. Aquí es donde me vuelve a preguntar Diego y empieza a liarse la cosa. Sí. Me pregunta: «¿Puedo comprar yo la casa y escriturarla pero hacer un papel en el que diga que es de los dos?».

   La idea, lo siento, es disparatada jurídica y económicamente. La buena intención de Diego está clara. Son pareja, se quieren y desean lo más cómodo, rápido y barato en beneficio de los dos. El Derecho no tiene que estar alejado del sentido común, si no ni es Derecho ni es Justicia. Al lector invito a seguir el razonamiento con las preguntas que planteo a continuación.

   1) ¿Qué es lo accesorio y qué es lo principal? Lo que Diego y María quieren es comprar la casa, la financiación determinará su adquisición, pero no quieren un préstamo por que sí. Lo principal es la compra. Lo accesorio, el préstamo.

   2) ¿Qué beneficio reporta al Banco que no entre María en la propiedad? Al margen de política comercial, que María se quede fuera no le reporta ningún beneficio. Es más, si María firma tendrá también la responsabilidad de la chica para responder del pago del préstamo. Dicha responsabilidad se sumará a la de Diego y no afectará a la garantía que representa la hipoteca sobre la casa.

   3) ¿Es indiferente que compre Diego y que María quede relegada al «papelito»? Indudablemente, no. Que María quede fuera conllevará perjuicios, jurídicos, económicos y afectará a la relación. En efecto, jurídicamente, aunque María esté pagando -sin su aportación la casa no se puede comprar- se disociará la realidad de lo que queda en el «mundo de los papeles». María estará desprotegida, ante un abuso de Diego tendrá, irremisiblemente, que acudir al Juzgado. Económicamente, los costes fiscales, notariales y registrales de deshacer lo mal hecho cuando el Banco se haya salido serán casi iguales a los inicialmente pagados; con lo que el gasto -que no es poco- se duplica. Desde el punto de vista de la relación, probablemente surjan conflictos pues Diego tendrá una injusta posición de control legal patrimonial frente a María.

    Cuando forzamos la realidad para encasillarla en un ropaje jurídico que no le corresponde se producen graves problemas; es muy ilustrativo del caso la frase «empezar la casa por el tejado». ¿Por qué sucede esto? Unas veces, la causa es una mala política comercial bancaria; otras, simplemente, ignorancia del interlocutor.

   ¿Vais a dejar que el Banco decida quién compra vuestra casa?

   Antonio Ripoll Soler

   Notario de Alicante

   www.notariaripoll.com

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