Seguros y préstamos: derecho a la prima no consumida

prima no consumida seguro de vida   Es frecuente contratar un seguro y olvidarse. Muchas veces, con el propósito de contratar cualquier cosa se nos ofrece la posibilidad de contratar un seguro. Es algo accesorio.

   El seguro, en tales casos, no es, realmente, lo que queríamos comprar o financiar; sin embargo, conlleva unos gastos, mayores o menores, según el caso, cumple una función y, como contrapartida, se nos ofrecen unas ventajas.

   Así, contrato un préstamo hipotecario y puede que se me haya ofrecido un seguro de vida. En esos mismo casos, la gente lo suele tener más claro, habré contratado, normalmente, un seguro multirriesgo del hogar. Esos dos seguros, que suelen tener una prima importante, en consideración a lo que cubren y la indemnización a la que dan derecho, suelen estar siempre en la mente de las personas.

   En otras ocasiones, el seguro, al ser menor la contingencia que trata de aliviar, tiene una prima más pequeña y se nos olvida su existencia. Hay algunos que van aparejados a la contratación de una tarjeta de crédito. Otros, en cambio, lo que tratan es de cubrir el riesgo bien del fallecimiento, bien de un eventual desempleo pero vinculados, normalmente, a un préstamo personal de no mucho importe. En tales casos, en verdad,  se trata es de evitar que el Banco se perjudique ante el fallecimiento o el desempleo del que pidió el préstamo. Legalmente, los perjuicios se imputan a los herederos o al desempleado, pues las deudas se heredan y el desempleado no se libera por la pérdida de trabajo. Sin embargo, el Banco estará mejor si se contrató uno u otro seguro y el riesgo acaba con la vida del prestatario o con su desempleo. por eso, es frecuente, de una manera u otra, con mayor o menor insistencia, comercializar uno de esos seguros cuando contratamos un préstamo.

   Los contratos de seguro tienen sentido mientras el riesgo que se trata de asegurar subsiste, vinculados a un préstamo, pagado éste, normalmente se extinguen, pues han cumplido la finalidad de dar tranquilidad a Banco, herederos y cliente.

   Muchos de esos seguros se contratan con una prima que se paga anticipadamente, para toda la vida proyectada del préstamo. Normalmente la propia prima forma parte del pack financiero y el Banco financia una parte extra para atender a otros gastos no previstos por el cliente. De esta manera, normalmente, se financia la comisión de apertura y los seguros ofertados.

   Todos, en mayor o menor medida, ganan. El Banco da una mayor cantidad de dinero y evita riesgos futuros. El cliente, no tiene que hacer un esfuerzo añadido para pagar cualquier otro concepto, con lo que en la cuota estará devolviendo no sólo lo que inicialmente necesitaba sino, también, otras necesidades que surgieron por el camino.

   En muchas ocasiones esos seguros se olvidan. Cuando estamos ante un supuesto de fallecimiento los notarios gestionamos un certificado de seguros de vida. Se trata de evitar que algún seguro se quede sin cobrar.

   Hay veces que el préstamo se paga antes de tiempo y, vigente el seguro, sin embargo, en la entidad se olvidan, porque era algo accesorio, de la existencia del mismo. En esos supuestos surge el derecho al exceso de prima no consumido. El cliente tiene derecho a percibir una parte de la prima que abonó. Desaparecido el riesgo de impago o de fallecimiento, el seguro deja de cumplir su finalidad, se cancela anticipadamente y da derecho a prestaciones económicas, no muy elevadas, pero que son del asegurado.

   Un caso especialmente transcendente, donde no sobra el dinero, es el que se produce con ocasión de una refinanciación. En tales casos, cuando se reunifican deudas, el nuevo seguro que se contrate puede que se realice sin tener en cuenta la existencia de un seguro anterior. Refinanciar deudas implica cancelar las existentes que son pagadas con una sola deuda de mayor importe. En tales supuestos, puede que podamos utilizar parte de la prima devuelta para el nuevo seguro.

   Son derechos que no se utilizan si no se sabe que se tienen. ¿Habéis pagado un préstamo anticipadamente y habéis solicitado la devolución de la prima no consumida?

Antonio Ripoll Soler

Notario de Alicante

www.notariaripoll.com

50 Comentarios »

    • Estimada Raquel, bienvenida al blog y gracias por participar.
      Tu caso parece ser distinto al del post. En él se relata qué hacer cuando se paga anticipadamente el préstamo y existe un seguro de vida. Tu pareces no haber entendido el importe de la prima. Ves a la oficina bancaria y que te expliquen y, en su caso, busca consejo legal.
      Suerte,
      Antonio

    • Buenas noches.
      Una consulta pague mi deuda de garantia hipotecaria Hace un año.
      Despues de 2 años, mi deuda total era de 15 años al momento del pago me cobraron el monto del prestamo total que me dieron despues de haber abonado 2 años no me redujeron el saldo capital nada.
      En los 2 seguros que nos dieron al momento de hacer el pago total queda inactivo pero ya paso un año y hoy me doy cuenta que puedo solicitar la devolucion de las primas y el pago de más que me cobro el banco .
      Alguna persona podria por favor asesorarme para poder lograr que me devuelvan el dinero abonado.
      Estoy pasando muchas cosas en estoa momentos y de verdad nesecito ayuda.
      Gracias x su apoyo y espero pronta respuesta.

  1. Buenos días! Enhorabuena por el blog, muy interesante.
    Le comento mi caso. Pagué una prima única del seguro vinculado a un préstamo que cancelé totalmente hace 4 meses. Les solicité, la devolución de la parte proporcional de la prima y hasta hoy no he tenido respuesta. Mi error fue no solicitarlo por escrito y ahora que me dispongo a enviar burofax reclamando dicha cantidad, mi pregunta es, ¿existe algún plazo legal para esta reclamación?

    Muchas gracias.

    Un saludo

  2. Hola buenos días, pagué un préstamo personal anticipadamente a los 5 meses y el seguro de vida es de un año, claro la prima la pague antes y ahora el banco dice q no devuelven la parte proporcional del seguro ya q se contrató un año.
    esto es legal?
    Que puedo hacer?
    Gracias de antemano!!

  3. Mi consulta… Tenía un seguro del auto el que deje de pagar .. porque sabía cuándo lo contraté ..pues lo dijo el vendedor …que inmediatamente quedaba sin cobertura si dejaba de pagar y obvio se terminaba inmediata el seguro …por lo que yo lo di por sentado y me fui a otra aseguradora ..sin dar aviso no nada y resulta que ahora me están cobrando 3 meses que según ellos le adeudaba …entonces mi consulta es eso legal .. pueden ellos hacer eso . Y nunca ocupe en los años que estuve en su aseguradora de sus servicios por siniestros …entonces por favor me pueden orientar al respecto ..de ante gracias..

  4. Buenas noches,mi situación es,e pagado un prestamo anticipado con casi 2 años de antelacion el prestamo era de 4 años,me hicieron un seguro de casi 400€,solicite la devolución de esos 2 años anticipados y me devolvieron sobre 16€,como devo hacer la cuenta para realmente saber cuanto era el monto total que en verdad deberían devolvermen,GRACIAS

  5. Buenos días, he cancelado un préstamo personal con un seguro asociado al préstamo. En el contrato del seguro pone que cubre el importe de la deuda pendiente. El caso que he comentado lo de la devolución de la prima en el banco y me han dicho que el seguro continua igual que si no se hubiera cancelado, cosa que me parece extraña por la deuda pendiente ahora mismo es 0€, ¿si me pasara algo se irían a este punto diciendo que la deuda pendiente es 0€ y no cobraría nada?, ¿tengo derecho a la devolución de la prima de todos modos?

    • Tengo que hacer un fines generales con scotiabank . Mi consulta puedo recuperar lo pagado durante 8 años en los seguros.; castastrofe, de vida, y sesantia

  6. hola buenas tardes , encontre super interesante su escrito , mi pregunta pague anticipadamente creditos de consumos , y resulta que me descontaron toda la prima completa , entiendo que esto no deberia ser osi <?

    susana orellana

  7. primero gracias por su ayuda tenia un credito hipotecario y lo cancele en 4años y quiero recuperar mi seguro de desgravamen como podria proceder
    espero su respuesta gracias

    • Hola, habría que comprobar el clausulado del seguro y ver la posibilidades legales que le ofrece. Sin perjuicio de que, evidentemente, el tiempo transcurrido no dará derecho a retorno de prima, pues ha sido un tiempo cubierto por el seguro. Cuestión distinta es la posibilidad de cancelar el seguro, en relación a lo que quede contratado a partir del momento en el que se solicite.
      Saludos

  8. Hola quiero saber cuanto tiempo tengo para pedir la devolución del dinero de las primas canceladas una vez pagado todo el préstamo que he solicitado, por lo que entiendo cancelado el préstamo se me deben devolver los dineros de los seguros que vienen acompañados con tal préstamo.

  9. Hola yo he contratado varios prestamos y he pagado su seguro correspondiente, pero al final no se ha realizado la operación del préstamo, yo creo que me deberían devolver el dinero del seguro ya que no se ha llevado a cabo, pues no quieren.

  10. Hola he pagado dos creditos de consumo al banco estado y estoy al dia tengo derecho a c recuperar los dineros por concepto de seguros,gravamen por ejemplo

  11. Cómo puedo conocer el cálculo de la parte a devolver de una prima de un seguro de riesgo de un préstamo personal a 4 años y cancelado a los 18 meses. Hay alguna fórmula o nos tenemos que fiar de lo que nos calcule el banco?

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