Escrituras originales
Las escrituras originales no son aquellas que se diferencian de las demás y tienen algo especial. En este post explico las dudas que se plantean los que preguntan por el original de la escritura.
¿Quién se queda con el original de la escritura? Hoy una persona me requería para la firma de un poder para pleitos. Como es mi obligación, he procedido a explicarle el contenido del poder. Como ya he tenido ocasión de explicar alguna vez, las escrituras se deben leer de explicando su contenido. Se trata de una lectura explicativa.
Al finalizar, he preguntado a la persona que se encontraba frente a mi si tenía alguna duda. «Todo correcto» –me ha dicho-. Le pongo los papeles timbrados delante y le invito a firmar, tras lo cual, yo mismo, estampo mi firma. La firma del notario es la última que se pone, pues con ella el documento adquiere el valor de documento público, haciéndose el notario autor del mismo.
Seguidamente, mi interlocutor me arrebata la escritura -matriz, se llama- de las manos y me pregunta que dónde paga. Le indico que lo que tiene en sus manos se queda en la notaría. Muestra cara de sorpresa y dice:
«¿Pero esto, los originales, no me los llevo yo?»
En ese momento, ante mi negativa, me dice que si puede leer él mismo el documento, pues pensaba repasarlo en casa. Le invito a leer el documento, lo cual realizo con él, explicándole detalladamente las partes del poder y por qué está cada cosa escrita. Se queda satisfecho y se va agradeciéndome, contento, el servicio prestado.
El caso es que el error que sufría el otorgante, cliente, es más frecuente de lo que pensamos.
Deben tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:
- Los originales de las escrituras, que se llaman matrices, se quedan siempre en la notaría. Los interesados se llevan copias autorizadas. La copia autorizada es una reproducción exacta de lo que se ha firmado, pero sólo aparece la firma del notario.
- Firmada la escritura, fin de la historia. Por eso, todos aquellos que callan, no preguntan y esperan entender la escritura en casa o descubrir algún error están equivocados. En el momento que se firma, cualquier rectificación implica subsanar un documento que ya produce sus efectos. Si el documento lo ha firmado una sola persona, ésta, normalmente, firmando de nuevo ante el notario podrá rectificarla. Si lo han firmado varios, como sucede en una compraventa, será necesario el concurso de todos para cualquier modificación, incluso en aquellos casos en los que ha habido un error.
- Excepcionalmente, el notario, por sí solo, puede salvar errores materiales cometidos en los documentos.
- La rectificación de errores y los cambios de voluntad, normalmente, conllevan costes, por eso es muy importante estar pendiente en el momento de la firma, preguntar todas las dudas y no dejar nada para después de la firma.
Cuando he terminado de explicar todo a esta persona, como hago siempre en estos casos, le he dicho:
«Si usted tiene una propiedad, cuando llegue a casa, mire sus escrituras, se habrán realizado en unos papeles similares a éstos, con un sello en la cara, irán en unas carpetas… compruebe el final y verá que no aparece su firma, sólo consta la del Notario junto a unos sellos».
Antonio Ripoll Soler
Notario de Alicante
Buen día. Mi hermano falleció hace 3 meses.Él tenía un crédito en infonavit, junto con.un crédito hipotecario. En el Banco ya nos condenaron la deuda y en infonavit se está en trámite de cancelar la deuda. Mi papá fue el que llevo el acta de defunción y demás papeles a Infonavit, por lo que él se quedó como quien inició el trámite de cancelación; sin embargo, tanto en el Banco como en Infonavit, no dicen que el tramite lo debe hacer el beneficiario,pero no hemos podido ubicar donde esta estipulado el beneficiario que dejó mi hermano.(en todos los demás documentos, mi hermano ha dejado a mi mamá como beneficiaria).
Con anterioridad llamamos a la notaría y nos dijeron que ellos no se quedan con ningún documento, que no tienen nada. Pero el día de hoy 14/11/18, acudí a infonavit y me dicen que las copias de escrituras que tengo son sólo el primer instrumento, que el notario me debe entregar un segundo juego de escrituras, que son las que tienen los sellos del Registro Público de la Propiedad y ahí podremos ubicar al beneficiario….
Me pueden orientar , por favor……..
Buenos días; acabo de firmar las escrituras de mi nueva vivienda. El notario me ha pasado la factura y tengo una duda. Ha realizado además de la matriz; 2 copias simples y autorizadas y otras 2 en version electronica.
En las escrituras se describe que 1 copia electronica es para el ayuntamiento para la plusvalía. Mi pregunta es: ¿porque cuando he ido al ayuntamiento he tenido que entregar otra copia aparte?. También he tenido que entregar otra copia a la junta. Vamos que he pagado en total 6 copias. ¿Es normal?
Gracias
Buenas noches.
En ocasiones los ayuntamientos vuelven a repetir la petición de copia simple, y la piden en soporte papel, aunque la notaría les haya ya remitido una copia simple electrónica. Es algo imposible de controlar desde la notaría. En cuanto a la respuesta a su pregunta es que sí, es normal, ya que cada administración pública reclama «su» copia.
Saludos cordiales
Me gustaría saber como poder solucionar el siguiente problema:
Mi tía al fallecer me ha dejado una casa de herencia la cual no puedo escriturar a mi nombre por que aun esta escriturada a nombre del dueño que se la vendió. Tampoco puedo venderla por que la persona que intenta comprarla no pueden darle un préstamo, ya que el dueño de la casa que figura no es mi tía, sino el señor al que se la compro.
Buenas noches.
Por lo que usted dice, habría o bien que
1)registrar la escritura de compraventa con la que su tía adquirió (esto sería el supuesto más sencillo)
2) elevar a público la compra que su tía hizo en documento privado. Esto sería lo más complejo, ya que requiere que la elevación a público la otorguen los otorgantes del documento privado original y, caso de que hubieren fallecido, sus herederos, lo cual exigiría localizarlos, y averiguar si existe título sucesorio a su favor o no, si en su caso hay que hacer declaración de herederos.
La verdad, es que el Banco no concederá el préstamo si no hay la posibilidad de que la persona a la que usted le venda la casa pueda inscribirla a su favor.
Acérquese a cualquier notaría de su elección y en ella le indicarán en concreto lo que debe hacer para, primero que nada, inscribir la casa a favor de usted
Saludos cordiales
Cuanto normal mente dale una escritura con todo en regla registro público y todo en orden y que significa el sello dorado de notaria
Estomago amigo, en España no se pone ningún sello dorado en la notaría.
¿Puede dar algún dato más?
Gracuas
Mi abogado nos arreglo un problema que teníamos con la vivienda y el banco y se ha quedado mi escritura la original y no nos la quiere dar, que se puede hacer?
Disculpa tengo una duda, trámite mis escrituras y después de un tiempo quise ponerme al corriente con mi predial y me notifican en la presidencia que mi propiedad está a nombre de otra persona fui con mi Lic y me dice que es por qué el # de cuenta predial está duplicado, me podría orientar como puedo solicitar esto.
En Baja California, se ah dado que hay «notarías fantasmas» de otro estado y que hacen escrituras espejo,
Como saber si ahora que compro casa, no es un fraude
Ayuda por favor
Gracias!
Hola a mi esposo le dejo su papa un terreno, pero al momento de querer hacer las escrituras no pudo hacerlas por que el señor Jesús quien le vendió el terreno a mi suegro Abundio Romero nunca se dio de alta en Derecho a la propiedad, y siguen a nombre del señor Chacan quien le vendió el terreno a Jesús,tenemos el contrato de la compraventa que se hizo cuando mi suegro le compro el terreno a don Jesús, por favor si me pueden orientar
Estimada Angelica, debe buscar asesoramiento legal.
Suerte
Estimada Angelica, debe buscar asesoramiento lega.
Suerte
Hola buenas tardes, le comento que la Notaría me entregó las escrituras de una casa, pero no viene el domicilio correcto. Me mandaron a tramitar al Ayuntamiento el alineamiento y número oficial, cuando tuve ese documento lo llevé a la Notaría. Y me entregaron la primera hoja de la Escritura ya con el número oficial pero les faltó la palabra «Cerrada» en el domicilio. Pero esto solo lo hicieron en la Hoja de la Escritura, pero no se hizo el trámite ente el Registro Público. Mi pregunta es, si con ese documento la Notaría puede hacer la corrección en la Escritura y en el Registro Público? ¿Se tiene que escriturar nuevamente? ¿Las Escrituras se pueden quedar así y ser válidas? ¿O que es lo que tengo que hacer? Gracias
Estimada lectora, determinados errores de transcripción no afectan a la validez de la escritura y, a veces, sin intranscendentes.
Es necesario ver la documentación para dar una respuesta a su caso. Pregunte en su notaria.
Saludos
FIRMAMOS ESCRITURAS DE UNA NEVA VIVIENDA, YA AN PASADO TRES MESES DE ESO Y LA CASA AUN NO SE NOS A ENTREGADO. LA ESCRITURA DICE QUE LA CASA DEBE ENTREGARSE CON AZULEJO, COCINETA Y MUEBLE DE UN BAÑO, MIENTRAS QUE LA CONSTRUCTORA NOS DICE QUE ESO NO VA INCLUIDO EN LA CASA . ME PUEDEN ASESORAR, GRACIAS
Estimad@ amig@, este blog es relativo a cuestiones que tienen vinculación con España.
¿Desde dónde nos escribe?
Saludos
Se puede hacer escritura de una propiedad sin la presentación del cv original?
Estimada amiga:
¿A qué se refiere exactamente?
La presentación del título «original» (copia autorizada) del vendedor, aunque conveniente, no es obligatoria para realizar una nueva escritura de compraventa a favor de una nueva persona.
Saludos
Hola buenas tardes. Tengo una duda mis papás escrituraron su casa, el detalle es que vino un señor y dijo que él tenía las escrituras de la casa de mis papás por un préstamo que le dio a mi hermana y esta le dio las escrituras como empeño, según él eso ya tiene como dos años y, después de lo que dijo el señor mis papás fueron a buscar sus escrituras y viéndolas bien las que están guardadas son copias, mi duda es, él señor puede hacerse dueño de la casa de mis papás sin que ellos la hayan dado?
Estimada Nancy:
Este Blog trata, principalmente, de cuestiones vinculadas a Notarías españolas, no se si es su casa.
Por otro lado, su consulta es muy escueta, caso de que lo que busque se encuentre en España ¿podría facilitarnos algún dato más?
En España, lo que usted comenta no es posible, sin embargo, debería buscar asesoramiento legal, para ver la responsabilidad que tienen realmente sus padres frente a ese señor.
Saludos
Cuando se vende un inmueble y no está inscripto en el registro correspondiente, se tiene q entregar el original para hacer que lo inscriba en donde corresponde para hacer la venta? Y si se entrega el original el escribano puede hacer una firma y quedarse con la propiedad?
Estimada Miriam:
Este Blog trata, principalmente, de cuestiones vinculadas a Notarías españolas, no se si es su caso.
Por otro lado, su consulta es muy escueta, caso de que lo que busque se encuentre en España ¿podría facilitarnos algún dato más?
En España, el vendedor, debe tener inscrito el bien a su nombre para hacer correctamente la transmisión, al margen de cuestiones legales sobre la venta de propiedades no inscritas, que exceden de esta entrada. Por otro lado, el Notario no puede ponerse la propiedad a su nombre. Acuda a su notaría y que le informen.
Saludos
Hola buenas noches tengo una urgencia familiar y necesito saber sobre el expediente de un papel del terreno que mi papá me sedio
Estimada Nancy:
Este Blog trata, principalmente, de cuestiones vinculadas a Notarías españolas, no se si es su caso.
Por otro lado, su consulta es muy escueta, caso de que lo que busque se encuentre en España ¿podría facilitarnos algún dato más?
Saludos
Porque las escrituras de la casa de mis
papás tienen sello de cancelado?en la n costado ?
Estimada Laura, si nos referimos a unas escrituras españolas, normalmente se ponen notas en el margen por el notario cuando se firma una escritura posterior que afecta a los derechos que aparecen en la anterior. Puede que se haya cancelado una carga, un usufructo… habría que ver la nota/sello para saber.
Saludos
mis escrituras se me desaparecieron de mi casa creo q un familiar mq quiso hecer alguna transa bue
no el caso que ya encontre las escrituras pero estoy segura que faltan hojas pues estaban todas desengrapadas a donde puedo ir a que me digan q me falta y como revuperarlos???por favor tengo miedo q me dejen sin mi casa
Buenas noches, si estamos hablando de España, acuda usted al Notario que autorizó las escrituras o su sucesor. Puede preguntar quien es el sucesor de un determinado notario preguntando en el Colegio Notarial respectivo.
Reciba un cordial saludo
Una pregunta amigos. Quiero sacar unas escrituras pero tengo una duda, solo un abogado puede hacerlo o un particular puede hacerlo
Buenas noches. si estamos hablando de España, puede pedirlas cualquier persona (abogado o no) que acredite un interés legítimo a juicio del custodio del Protocolo: el Notario.
Saludos cordiales
Es legal que al pedir un préstamo hipotecario el banco se queda con la escritura original de la vivienda?. este es mi caso, y mi otra pregunta es :puedo reclamarsela al banco aún no habiendo saldado el crédito en su totalidad. Muchas gracias
Buenos días. Si usted compró, e hipotecó para pagarla compra, sí que es normal: el Banco necesita que esté inscrita la compra, para poder inscribir su hipoteca. Pasado un plazo razonable, de , no sé, tres meses quizás, desde que firmó la hipoteca, sí que debería usted recibir la copia de la escritura de compra. De todos modos, siempre puede usted pedir una segunda copia de la escritura de compraventa.
En cuanto a si pude reclamársela al Banco aun no habiendo saldado el crédito: sí, puede reclamársela. El Banco no necesita tener la escritura de compra, una vez que la compra ya se ha inscrito.
Saludos cordiales
Termine de pagar mi casa por 30 años el banco me envió por correo documento para que fuera a un abogado a preparar cancelacion de hipoteca. Se le pagó los honorarios y nos entregó una copia el original se quedó el abogado. Es cierto esto..tengo dudas podrían ayudarme para quitarme mi ansiedad.
Buenos días, Tina! Bienvenida al Blog y gracias por participar ¿Desde donde nos escribe? ¿Su casa está en España?
Saludos
Buenos días tengo dudas acerca de mis escrituras de vivienda hace 3 años que me entregaron la casa pero en un documento que observamos dice que el beneficiario es la constructora que se llama appia es normal que lleve esa clapsula
Al fallecer mi papá no dejo escrituras mi mamá tomo posición de la casa antes de eso me pidió mi firma diciendo k con uno de los 5 hermanos no estuviera de acuerdo novelas darían .así me nike firme nada yo estaba en Estados Unidos y mi firma tenía k estar sellada por el consulado total modela di .paso el tiempo y le gane para darle la firma después me dice k mi firma no era necesaria y también lo de una afore la cual dice k se perdió el dinero porke nadie la cobró era el banco Santander la cual me avisa dicho k Ya no existía necesito si algo está mal aki
Buenas noches, gracias por esta excelente publicación.
Me ayuda? Estoy por comprometerme con una empresa de financiamiento en la ciudad de mexico con un prestamo hipotecario misma que absorberá mi deuda con un banco en el cual tengo la misma incluyendo un remanente para pago de pasivos. La pregunta es, que debo hacer durante la firma con la notaría de la empresa? Gracias.
Estimado amigo:
Gracias por su valoración.
La pregunta es muy genérica.
Por otro lado, en este blog, se tratan cuestiones vinculadas con la práctica en España.
Debe buscar asesoramiento.
Saludos
Mi consulta seria¿cuales son todos los pasos a seguir para tener en cuenta para la escritura ?Espero sus respuesta.Gracias.
Estimada Fany, ¿Podría concretar un poco más su pregunta?
Gracias
Que cuales serian los requisitos para hacer la escritura de venta y compra de una casa? Que impuestos hay que pagar ?