Escrituras originales

escrituras originales   Las escrituras originales no son aquellas que se diferencian de las demás y tienen algo especial. En este post explico las dudas que se plantean los que preguntan por el original de la escritura.

   ¿Quién se queda con el original de la escritura? Hoy una persona me requería para la firma de un poder para pleitos. Como es mi obligación, he procedido a explicarle el contenido del poder. Como ya he tenido ocasión de explicar alguna vez, las escrituras se deben leer de explicando su contenido. Se trata de una lectura explicativa.

   Al finalizar, he preguntado a la persona que se encontraba frente a mi si tenía alguna duda. «Todo correcto» –me ha dicho-. Le pongo los papeles timbrados delante y le invito a firmar, tras lo cual, yo mismo, estampo mi firma. La firma del notario es la última que se pone, pues con ella el documento adquiere el valor de documento público, haciéndose el notario autor del mismo.

   Seguidamente, mi interlocutor me arrebata la escritura -matriz, se llama- de las manos y me pregunta que dónde paga. Le indico que lo que tiene en sus manos se queda en la notaría. Muestra cara de sorpresa y dice:

«¿Pero esto, los originales, no me los llevo yo?»

   En ese momento, ante mi negativa, me dice que si puede leer él mismo el documento, pues pensaba repasarlo en casa. Le invito a leer el documento, lo cual realizo con él, explicándole detalladamente las partes del poder y por qué está cada cosa escrita. Se queda satisfecho y se va agradeciéndome, contento, el servicio prestado.

   El caso es que el error que sufría el otorgante, cliente, es más frecuente de lo que pensamos.

   Deben tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:

  • Los originales de las escrituras, que se llaman matrices, se quedan siempre en la notaría. Los interesados se llevan copias autorizadas. La copia autorizada es una reproducción exacta de lo que se ha firmado, pero sólo aparece la firma del notario.
  • Firmada la escritura, fin de la historia. Por eso, todos aquellos que callan, no preguntan y esperan entender la escritura en casa o descubrir algún error están equivocados. En el momento que se firma, cualquier rectificación implica subsanar un documento que ya produce sus efectos. Si el documento lo ha firmado una sola persona, ésta, normalmente, firmando de nuevo ante el notario podrá rectificarla. Si lo han firmado varios, como sucede en una compraventa, será necesario el concurso de todos para cualquier modificación, incluso en aquellos casos en los que ha habido un error.
  • Excepcionalmente, el notario, por sí solo, puede salvar errores materiales cometidos en los documentos.
  • La rectificación de errores y los cambios de voluntad, normalmente, conllevan costes, por eso es muy importante estar pendiente en el momento de la firma, preguntar todas las dudas y no dejar nada para después de la firma.

   Cuando he terminado  de explicar todo a esta persona, como hago siempre en estos casos, le he dicho:

«Si usted tiene una propiedad, cuando llegue a casa, mire sus escrituras, se habrán realizado en unos papeles similares a éstos, con un sello en la cara, irán en unas carpetas… compruebe el final y verá que no aparece su firma, sólo consta la del Notario junto a unos sellos».

   Antonio Ripoll Soler

   Notario de Alicante

   www.notariaripoll.com

190 Comentarios »

  1. ¿Al firmar una escritura los notarios entregan normalmente junto con la copia autorizada otra copia simple a fin de realizar las gestiones de impuesto de transmisiones patrimoniales? ¿O dicha copia simple debe solicitarse expresamente?

    • Hola, Andrés, los notarios te explican lo que pasa después de la firma y lo que se debe de hacer. Incluso te ofrecen realizarte algún trámite posterior, en ocasiones. Pero sí, te entregan una copia simple, bien al terminar, bien te indican cuando puedes retirarla. En ocasiones no es menester entregar esa copia simple para las transmisiones patrimoniales porque ya remitimos en algunas CCAA a la Administración tributaria. Piensa que las copias simples llevan un coste y se debe procurar ajustar la factura en beneficio del usuario.
      ¿Cual ha sido tu problema en concreto?
      Gracias por participar!
      Saludos

  2. Buenos días yo empese un tramite de sucesión textamentaria y el abogado solo me robó el dinero y nunca quiso darme el número de proceso mi pregunta es el puede adjudicarse la propiedad por que se quedo con mi escritura y no me da la cara para que me la regresé en este caso que procedo hacer

  3. Quisiera conseguir la escritura de la propiedad del inmueble de mi casa de mi padre como hago y se entregó en la para
    la parte hereditaria del 2009 …me podría decir a dónde tengo que ir ( una escritura del año 55 )

    • Estimada Mónica:
      Para conseguir la escritura lo más fácil es acudir al Registro de la Propiedad donde esté inscrita la finca, si la escritura de propiedad accedió a él, ahí aparecerán los datos, con esos datos en cualquier notaría le indicarán dónde tiene que ir.
      Saludos

  4. Solicite un crédito para vivienda, al leer la escritura y realizar las firmas me entregaron una copia simple sin firmas ni sellos es correcto hacer eso o ¿necesito pedir una copia que lo contenga?

      • Muchas gracias por contestar, una duda más entonces hasta que termine de pagar mi crédito me entregaran las escrituras originales, pero hasta el momento puedo estar tranquila con la copia simple o necesito notariarla?

      • La escritura del préstamo no es menester que la tengas con la copia simple basta. Sí que es conveniente que tengas la escritura de la casa, si el préstamo fue para comprar. en ese caso, normalmente te dan una copia autorizada, salvo que el banco haya dado instrucciones contrarias y tú no lo hayas pedido expresamente, en cuyo caso tendrías que solicitarla y pagarla. Al terminar de pagarla lo que se hace es una escritura de cancelación de hipoteca, como normalmente te explicaría el notario en el acta previa.
        No te preocupes, simplemente controla tener la copia autorizada de la escritura de la casa .
        La copia autorizada es la que aparece firmada por el notario .
        Saludos

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