Temarios ineficientes de oposiciones

programas oposiciones ineficientes   El BOE de 3 de agosto de 2015 publica los nuevos programas de notarías y de registros. En el post anterior relataba los quebrantos que suponía para un opositor un cambio legislativo. No es buen síntoma, en mi opinión, para una democracia que las leyes cambien de forma reiterada en función del color del Parlamento, ni que al poco de aprobarse reciban parches normativos.

   El temario del opositor requiere, igualmente, estabilidad. Enfrentarse a las oposiciones de notarías o registros implica arriesgar un número considerable de años durante los cuales las reglas del juego deben estar razonablemente claras. En mi época de opositor sufrí un cambio de programa, en una oposición en la que la puesta en escena es casi tan importante como el contenido, cambiar el temario supone un gran esfuerzo de adaptación.

   ¿Es necesario un cambio de programa? Indudablemente, la respuesta debe ser afirmativa. La razón es doble. Por un lado, los cambios legislativos, muchas veces, conllevan la supresión o aparición de figuras jurídicas. Cuando desaparece una institución el tema queda vacío de contenido y hay que llenarlo con un equivalente que no siempre se sabe cual es, pues los epígrafes de los temas no siempre son abstractos sino que descienden a figuras expresamente reguladas. Por otro lado, cuando aparece una nueva institución, al opositor se le va a exigir su conocimiento, sin embargo, no siempre es fácil averiguar en qué epígrafe incardinarla y a costa de que contenidos. La segunda razón a favor de los cambios de programas de las oposiciones es que con ellas se preparan profesionales que van a servir a la sociedad y, consiguientemente, los temarios deben estar adaptados a las necesidades sociales. Nuevas problemáticas sociales y económicas demandan nuevas cualificaciones a los profesionales y, ciertamente, el panorama español ha cambiado mucho en los últimos quince años, que es el tiempo que ha pasado desde la última reforma del programa de notarías.

   Hasta aquí, todo perfecto, sin embargo, si se entra con rigor a analizar el programa de notarías, que es la oposición que conozco y respecto de la que puedo valorar objetivamente los cambios producidos llama poderosamente la atención la falta de miras del autor de la reforma. Por un lado, sigue dandose una importancia excesiva a materias que actualmente no tienen transcendencia notarial, como es la letra de cambio, a la cual se le siguen dedicando tres temas. Por otro lado, el Derecho Internacional Privado sigue apareciendo como la comparsa de determinados temas. Me gustaría llamar la atención, en concreto sobre esta última afirmación.

   Actualmente, en una sociedad sumamente globalizada todo es internacional. En una notaría los problemas que se causan como consecuencia de los movimientos de personas, documentos y capitales a lo largo de nuestro ya pequeño planeta generan una problemática jurídica muy rica. Cosas cotidianas para un ciudadano de la Unión Europea, como fijar su residencia habitual en España o el mero hecho de morirse con bienes en distintos países obliga a un conocimiento preciso de determinadas instituciones y normas que en su día aparecían como pequeñas delicatessen gourmet adornando los temarios.

   Presenta especial importancia el Derecho de la Unión Europea, en el cual descansan muchas de las resoluciones que han generado profundos cambios legislativos en nuestro Derecho Interno, como toda la normativa relativa a las ejecuciones hipotecarias en España, que se encuentra patas arriba como consecuencia de un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. O que determina un nuevo cambio de entender las herencias transfronterizas dentro de la Unión, como consecuencia de la plena vigencia desde el 17 de agosto de 2015 del Reglamento Europeo de Sucesiones.

   Por todo ello, sigo sin entender como en un programa que se supone moderno y que debe durar el máximo tiempo posible a fin de no perjudicar las legítimas expectativas de los opositores, que arriesgan tiempo y vida, no se hace referencia o se da la importancia debida a dicha normativa. No se habla, por ejemplo del Título Ejecutivo Europeo, de suma transcendencia notarial y utilizado en época de crisis; aparece el Certificado Sucesorio Europeo como un epígrafe anodino e intranscendente desubicado sistemáticamente;  no se da importancia al concurso con elemento extranjero… y así un sinfín de cosas.

   Lo más triste, en este caso es que la Subdirectora General de los Registros y del Notariado, Doña Esperanza Castellanos  Ruiz, es Profesora Titular de Derecho Internacional Privado. Viendo el programa aprobado está claro que no ha tenido nada que ver o que no ha cogido la onda del servicio que prestan los notarios, cualquiera de las dos cosas me parece sumamente grave. A veces habría que resolver problemas concretos y no estar mirando a intereses políticos o corporativos y así debería elegirse a las personas que desempeñan los cargos.

   No puedo dejar de echar la vista atrás y recordar, como contrapeso, el programa que elaboró Doña Pilar Blanco Morales Limones, Catedrática de Derecho Internacional Privado y, entonces Directora General de los Registros y del Notariado para las oposiciones entre notarios convocadas en el año 2004. Nos sorprendió a todos los opositores, ya notarios,  porque supuso una revolución en los contenidos y enfoque del estudio. Cuanto debo a aquellos temas, más allá del éxito obtenido, que queda para el recuerdo.

   Dedico este post a aquellos que como Doña Pilar Diago Diago, Catedrática Acreditada de Derecho Internacional Privado y coordinadora de Millennium DIPr tratan, con ilusión y esfuerzo, muy a pesar de los sinsabores de una Universidad sumamente administrativizada, tratan de difundir la importancia de esta disciplina y predican con el ejemplo con su buen hacer en busca de una actualización de la forma de enseñar, aprender y aproximarse al Derecho, porque, como ella dice, «¡Todo es internacional!».

   Dejo enlazado como muestra de por qué todo es internacional el video de Millennium aquí, que bien podría haberlo visto quien redactó el temario. Porque las cosas deberían ser de otra manera.

Antonio Ripoll Soler

Notario de Alicante

www.notariaripoll.com

Alicante, transcurridos 10 días de la vigencia del Reglamento Europeo de Sucesiones…

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