Muchos impuestos y Autonomías y pocos bolsillos
La realidad pluricultural española, ciertamente, es una riqueza que hay que mimar y cuidar. Distintos pueblos, tradiciones, lenguas… Pero también distintas Administraciones y Haciendas.
Juan y María estaban pensando en contraer matrimonio, los dos, afortunadamente, tienen empleo estable; no ganan mucho pero están ilusionados. Después de un largo noviazgo tienen visto un piso, en Alicante, con la crisis, habían encontrado la oportunidad de pagar 120.000 euros por una vivienda que, hasta hace poco, se vendía por 150.000. Han dado una señal a Luis, el vendedor. Luis heredó el piso hace unos meses, por desgracia su padre falleció a principios del 2013. Juan y María Esperan a que Luis vuelva de vacaciones para firmar la escritura de compraventa, lo tienen todo hablado con el Banco y no hay problema, han ahorrado y tienen todo previsto. El Banco les financia 90.000 euros.
En el mismo edificio Blanca llora la muerte de su madre, Doña Pepita, la cual era viuda desde hacía muchos años y estaba empadronada en Santa Pola, el pasado diez de agosto falleció. Blanca es la heredera única, adquirirá de su madre ese piso y unos ahorrillos que la anciana había apartado para su hija.
El seis de agosto de 2013 resulta que se publica la reforma fiscal en la Comunidad Valenciana, aprobada el día dos de agosto. A resultas de la misma: 1) Se suben el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que pasa del 8 % al 10 % (a principios del 2013 ya se subió del 7% al 8 %); 2) Se incrementa el tipo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que pasa del 1,2% al 1,5% (en enero del 2012, se incrementó del 1 al 1,2 %); Se suprimen parcialmente las bonificaciones en la cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones -el efecto práctico es que de no pagar, se pasa a pagar-.
¿Que representa esto para nuestros progagonistas?
1) Juan y María, si hubieran firmado la escritura de compraventa y la de préstamo hipotecario el día 5 de agosto hubieran pagado 9080 euros y 1620 euros de impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos, respectivamente, en total 10700 euros; firmandola hoy, unos días más tarde, pagan 12.000 y 2.035 euros, en total 14.035. Existe una diferencia de 3.335 Euros, equivalente a los ingresos de dos meses de la pareja.
2) Blanca, pasa de no pagar nada a tener, como sucedió a Luis, a tener que pagar impuestos, lógicamente, piensa repercutirlos en el precio de la vivienda, cuando consiga venderla.
El caso es que los Impuestos a los que hemos hecho referencia no tienen los mismos tipos en todas las Comunidades Autónomas; cada una de ellas tiene competencias fiscales que les permiten modalizarlos.
El modelo que podría ser válido en épocas de bonanza, difícilmente resiste la crítica de la eficiencia en la actualidad; España no es tan grande como para que el régimen fiscal aplicable a una persona sea unitario. Esto es, es frecuente que las familias estén dispersas por todo el territorio nacional, se reúnan periódicamente y tengan una comunidad de principios y cariño. ¿Entiende el ciudadano medio el distinto tratamiento fiscal y social en función de la pertenencia a una u otra Comunidad Autónoma?
Existen, actualmente, en el caso de que sólo se viva en una Comunidad Autónoma, varias bocas fiscales que alimentar: Estado, Comunidad Autónoma y Municipio. Muchas de ellas reclaman por el mismo hecho imponible, por ejemplo, en caso de fallecimiento se tributa tanto al Ayuntamiento como a la Comunidad Autónoma. ¿Cómo se gestiona mejor lo recaudado, haciendo muchos pocos y gestionándolos distintas personas o haciendo una masa más grande? En este último caso puede que las desviaciones sean mayores en cuantía pero que existan en menor medida. Me viene a la cabeza, en este caso, cuando los padres de los niños se juntan para hacer un mejor regalo en el cumpleaños del amiguito, antes que regalar cada uno una cosa de menor importancia, ¿qué disfruta más el niño? ¿qué soluciona problemas reales?.
En el caso de la norma valenciana, además concurre la hipocresía de que se justifica la subida por el peregrino argumento de equiparar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales -que se genera en las compras de vivienda de segunda mano-, con el IVA -que se aplica a las compras de vivienda nueva-. Lo que no se dice es que el bolsillo que recoge el IVA es el estatal, mientras que el ITPAJD beneficia a la Comunidad Autónoma. ¿Es serio? ¿Es justo?
Los robos a golpe de impuestos ya es un suma y sigue, y la gente sin tener de dónde sacar los euros!
Gracias, saludos.
Gracias por participar, María, ciertamente lo que afirmas, por desgracia está en la mente de todos.
A nadie le gusta pagar impuestos; sin embargo, últimamente, en la mente de las personas, en sus comentarios, se ha pasado de la tópica negativa a pagar los impuestos a una situación de total animadversión a los mismos.
La realidad es que mientras hacemos los esfuerzos, cada cual en la medida que puede, por desgracia, la estética política no acompaña y la prensa aparece todos los días salpicada de escándalos; lo cual es bastante desalentador porque hace que la justificación social fiscal se diluya en el enriquecimiento de unos pocos.
¿Creeis que si los impuestos fueran menores menos gente trataría de eludirlos y se recaudaría más?
Saludos